Envíos por correo :
La Embajada acepta envíos por correo certificado de aplicaciones para Visas/Pasaportes y otros servicios consulares misceláneos. Tales aplicaciones normalmente se procesan inmediatamente al ser recibidos siempre y cuando los documentos proporcionados y pago estén completos. Cualquier discrepancia o requerimiento adicional será notificado a los aspirantes, los documentos se deben enviar a la embajada en original. Para los pagos que se hagan en dólares en Ecuador o pesos colombianos en Colombia deberán certificarse mediante la presentación del recibo original de consignación (no se aceptan cheques personales ni tarjetas de crédito, ni transferencias) en la cuenta de la Embajada de la India, Bogotá. El pasaporte será devuelto una vez se haya aprobado o negado el servicio. La Embajada no se hace responsable de dinero en efectivo enviado por correo.
Certificación de documentos:
Es indispensable que todos los documentos producidos en la India para ser presentados en otros países sean autenticados por el Ministerio o Departamento del Estado correspondiente al asunto de interés, luego Apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Nueva Delhi (en caso de que los documentos no sean de la India, deben venir Apostillados por la Embajada del país que los expidió) para finalmente ser legalizados por esta Embajada. Los documentos expedidos por los países que se encuentran bajo la jurisdicción de esta Embajada deben ser autenticados ante un notario y luego por el respectivo Ministerio de Relaciones Exteriores para finalmente ser legalizados por esta Embajada.
El pasaporte, la copia del permiso de Estadía y la cédula de extranjería deben adjuntarse con la solicitud formal pidiendo el servicio.
Información adicional para visitantes en la India:
En caso de cualquier accidente los extranjeros puedan hacer contacto con sus respectivas embajadas en Nueva Delhi. Para los colombianos y ecuatorianos pueden hacer contacto con la Embajada de Colombia y la Embajada de Ecuador en las siguientes direcciones:
Embajada de Colombia en Nueva Delhi:
Dirección: 3, Palam Marg, Vasant Vihar
New Delhi (INDIA)
Teléfonos: 51662103/05/06/09
Fax: 51662104/08
Embajada de Ecuador en India:
Cancillería Dirección: D 3/1 Vasant Vikar
New Delhi, 110057
Teléfonos: 00 91 11 46011801/ 802 / 803
Fax: 00 91 11 46011804
Correo Electrónico: eecuindia@mmrree.gov.ec
Los visitantes que requieran información adicional, ayuda o extensión de visas también pueden entrar en las siguientes Oficinas Regionales de Registro de Extranjeros (FRRO):
1) Delhi: FRRO, Nivel - II, Bloque Del este VIII, Sector De R.K.Puram - I, Nueva Delhi
2) Mumbai: FRRO, Anexo-II, comisionado del policía, mercado de Ford del buche, Mumbai- 400001
3) Kolkata: FRRO, 237, Camino De Acharya Jagdish Chandra Bose, Kolkata-700020
4) Amritsar: Diputado Adicional, director de la oficina de inmigración, B/123, avenida de Ranjeet, Amristar
5) Chennai: Oficial Principal de la inmigración, oficina de inmigración, anexo de Shastri Bhavan, no. 26, camino de Haddows, Chennai-600006
Para esos visitantes que no residan en las ciudades antes dichas ellos pueden entrar en contacto con la Secretaria Común (para extranjeros), el Ministerio de los Asuntos Habitacionales, 1er piso, Lok Nayak Bhavan, Mercado de Khan, Nueva Delhi-110003. Y también con el comisionado de la policía en los lugares en cuestión, en caso de que el contacto no se pueda hacer con estos FRROs.
Utilización de Teléfonos Satelitales en India:
El uso/operación de cualquier servicio telefónico inalámbrico es regulado por el Acta de telégrafos de la India, 1885. Según los lineamientos del Gobierno de La India, los teléfonos satelitales Inmarsat con excepción del BGAN pueden ser usados por el Gobierno, Corporaciones y miembros de expediciones de Montaña, y de otras categorías similares previa autorización del Departamento de Telecomunicaciones (DoT).
El servicio de teléfono satelital Thuraya no es permiso en India. Cualquier persona que utilice este servicio constituye una violación de la sección 4 del Acta de Telefonía India, 1885 haciendo a creedor a una multa comprendida bajo las secciones 20 & 21.
En caso de la importación de teléfonos como cargo, el importador debe hacer una declaración detallada acerca de la mercancía.
En caso de que los teléfonos satelitales sean ingresados en equipaje de mano deberán contar con una licencia del Departamento de Telecomunicaciones, de lo contrario serán retenidos o confiscados según los procedimientos existentes hasta que el portador del teléfono obtenga una licencia expedida por DoT.